Utilería Jurídica
Toma de muestras sanguíneas del Ministerio Público solicitadas al Juez de Control, ¿una violación al derecho a la intimidad y dignidad humana o una facultad de la autoridad jurisdiccional para la certeza jurídica?
Publicado 2025-09-01
Palabras clave
- toma de muestras sanguíneas,
- derecho a la intimidad,
- dignidad humana,
- no autoincriminación,
- debido proceso
Cómo citar
López Mendoza, J. A. (2025). Toma de muestras sanguíneas del Ministerio Público solicitadas al Juez de Control, ¿una violación al derecho a la intimidad y dignidad humana o una facultad de la autoridad jurisdiccional para la certeza jurídica? . Revista Lechuzas, 2(3). Recuperado a partir de https://revistalechuzas.uanl.mx/index.php/revista/article/view/108
Derechos de autor 2025 Jorge Abraham López Mendoza

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Resumen
El presente artículo estudia la validez constitucional y convencional de la toma de muestras sanguíneas que un Juez de Control establece a solicitud del Ministerio Público, dentro del contexto del Código Nacional de Procedimientos Penales. Se considera la evaluación entre la salvaguarda de derechos fundamentales, tales como la privacidad, la dignidad humana y la no autoincriminación, frente a la necesidad de asegurar la investigación penal y la certeza jurídica.
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Citas
- Corte Interamericana de Derechos Humanos. (26 de septiembre de 2006). Caso Almonacid Arellano y otros vs. Chile. Excepciones preliminares, fondo, reparaciones y costas (Serie C No. 154). Cuadernillos de Jurisprudencia, pág. 124.
- Corte Interamericana de Derechos Humanos. (26 de Noviembre de 2010). Caso Cabrera García y Montiel Flores vs. México. Excepción preliminar, fondo, reparaciones y costas (Serie C No. 220). Cuadernillos de Jurisprudencia, pág. 225.
- H. Congreso de la Unión. (2024). Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Diario Oficial de la Federación.
- Suprema Corte de Justicia de la Nación. (2019). 1034/ 2019. La norma que faculta a las autoridades a autorizar y ejecutar la toma de muestras corporales, en contra de la voluntad de la persona requerida, no vulnera los derechos a no ser torturado, a ser tratado con dignidad y a guardar silencio. Semanario Judicial de la Nación.